Principios de actuación

En el despacho, la confianza mutua entre abogado y cliente es primordial. Ofrecemos asesoría y defensa diligente, manteniendo a los clientes informados y evitando conflictos de intereses para preservar el secreto profesional.

Asesoría y compromiso con el cliente

La actividad del Despacho está orientada a proporcionar a los clientes asesoramiento y soluciones jurídicas de la máxima calidad y valor añadido, basados en principios éticos y ofrecidos mediante un servicio ágil y eficaz, con el máximo compromiso hacia sus intereses. Ello nos obliga a:

  • Entender las necesidades del cliente,
  • Proporcionarle una dedicación constante,
  • Mantener un alto nivel de exigencia en el rigor técnico, y
  • Sin merma de nuestra independencia, mantener un alto grado de compromiso con sus intereses.

Principios deontológicos

El Despacho aplica políticas internas que, con frecuencia, van más allá de las previstas con carácter mínimo o básico por las normas deontológicas aplicables de forma general a la abogacía. Dichas políticas están en constante actualización y resultan de obligada observancia.

El  Despacho tendrá plena libertad para aceptar o rechazar el asunto en que se solicite su intervención, sin necesidad de justificar su decisión. Así mismo, se podrá abstener o cesar en la intervención cuando surjan discrepancias con el cliente, siempre que concurran circunstancias que puedan afectar a su plena libertad e independencia en la defensa o a la obligación de secreto profesional.

El Despacho tiene establecidos unos sólidos principios en materia de conflictos de interés. Los principios de independencia y lealtad, que rigen la profesión de abogado, impiden aceptar asuntos que puedan entrar en conflicto deontológico con los intereses de los clientes. El Despacho cuenta con un procedimiento de conflict-check  que persiguen detectar y solucionar cualquier posible situación de conflicto antes de aceptar en firme el encargo.

La confidencialidad y el secreto profesional constituyen algunas de las principales obligaciones deontológicas de la abogacía. Todos los que trabajan en el despacho, sean o no abogados, están obligados a mantener una total reserva sobre la información derivada del asesoramiento prestado a los clientes. Para ello, el despacho dispone de normas de confidencialidad, de protección de datos de carácter personal.

Obligaciones con el cliente

El Despacho tiene la obligación de poner en conocimiento del cliente, incluso por escrito, cuando éste lo solicite del mismo modo:

  • Su opinión sobre las posibilidades de sus pretensiones y resultado previsible del asunto. Importe aproximado, en cuanto sea posible, de los honorarios, o de las bases para su determinación.
  • Todas aquellas situaciones que aparentemente pudieran afectar a su independencia, como relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con la parte contraria o sus representantes.
  • La evolución del asunto encomendado, resoluciones transcendentes, recursos contra las mismas; posibilidades de transacción, conveniencia de acuerdos extrajudiciales o soluciones alternativas al litigio.
  • La obligación, mientras se esté asumiendo la defensa, de llevarla a término en su integridad, gozando de plena libertad a utilizar los medios de defensa, siempre que sean legítimos y hayan sido obtenidos lícitamente, y no tengan como fin exclusivo dilatar injustificadamente los pleitos.
  • La documentación recibida del cliente estará siempre a disposición del mismo, no pudiendo en ningún caso el abogado retenerla, ni siquiera bajo pretexto de tener pendiente cobro de honorarios. No obstante podrá conservar copias de la documentación.